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Políticas de AML y KYC

POLÍTICA SARLAFT PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y FINANCIACIÓN DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA


PANDA EXCHANGE (en adelante PANDA ) ha establecido como política para la administración del riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FPADM) una serie de medidas y procedimientos para prevenir que la entidad sea utilizada, directa o indirectamente, para la realización de actividades ilícitas.

Esta política se desarrolla a través del Manual SARLAFT (Sistema de Administración de los Riesgos LA/FT/FPADM), la cual establece que PANDA debe identificar y validar la identidad de todos sus usuarios y demás contrapartes, conocer al beneficiario final y efectuar un monitoreo transaccional de los activos virtuales (criptomonedas) o moneda local (fiat) que transen, con el fin de identificar operaciones o actividades que se salgan del comportamiento normal. Como resultado de dicho proceso, PANDA realizará una gestión de riesgos y eventualmente reportará a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) aquellas operaciones que catalogue como sospechosas.

La “Debida Diligencia” es el elemento fundamental para el desarrollo de la política y los procedimientos establecidos para proteger los intereses, negocios, contratos y operaciones de PANDA con sus usuarios. En ningún caso se aplicarán medidas de debida diligencia simplificada.

PANDA, ha establecido protocolos para conocer a sus usuarios y contrapartes mediante la obtención, verificación y registro de información actualizada periódicamente.

PANDA no hará excepciones en el trato con las Personas Expuestas Políticamente (PEP), quienes tendrán una debida diligencia más exhaustiva o intensificada. Así mismo, PANDA indagará sobre el origen de los fondos con los que se negocian los activos virtuales (criptomonedas) ) o moneda local (fiat), como parte integral de la gestión del riesgo de LA/FT/FPADM. Así mismo, PANDA aplicará una debida diligencia intensificada a operaciones o vínculos con jurisdicciones de mayor riesgo -acorde con los lineamientos del GAFI-, y demás contrapartes consideradas de mayor riesgo.

Aunque de acuerdo con lo establecido por la Superintendencia de Sociedades, PANDA está obligado a implementar el SAGRILAFT, de manera voluntaria la entidad ha decidido implementar el SARLAFT conforme a los lineamientos establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Finalmente, PANDA ha designado un Oficial de Cumplimiento, principal y suplente, quienes contarán con los recursos humanos, logísticos, financieros y tecnológicos para dar cumplimiento a esta política, así como velar por el efectivo, eficiente y oportuno funcionamiento del SARLAFT.

REPRESENTANTE LEGAL

-Panda Exchange-